Si llegaste a tu destino con 3 horas o más de retraso, te cancelaron el vuelo con poca antelación o te dejaron en tierra por overbooking, la aerolínea puede deberte entre 250 y 600 € por pasajero. No es un favor: lo fija una norma europea. Esto es lo que tienes que saber antes de reclamar.
Cuándo tienes derecho a indemnización por un vuelo retrasado
El Reglamento (CE) 261/2004 protege a los pasajeros en estos casos:
- Retraso de 3 horas o más en la llegada a tu destino final. Cuenta la hora de llegada real, cuando se abre la puerta del avión, no la hora a la que despegó.
- Cancelación comunicada con menos de 14 días de antelación.
- Denegación de embarque contra tu voluntad (overbooking), si tenías reserva confirmada y te presentaste a tiempo.
Además, el vuelo tiene que estar dentro del ámbito de la norma: sale de un aeropuerto de la UE (con cualquier aerolínea), o llega a la UE desde fuera con una aerolínea europea. Las Islas Canarias y las Baleares cuentan como UE.
Cuánto te corresponde
La cantidad depende de la distancia del vuelo y es por pasajero:
| Distancia del vuelo | Compensación |
|---|---|
| Hasta 1.500 km | 250 € |
| Más de 1.500 km dentro de la UE, y entre 1.500 y 3.500 km hacia o desde fuera de la UE | 400 € |
| Más de 3.500 km hacia o desde fuera de la UE | 600 € |
En algunos casos se reduce a la mitad, por ejemplo cuando te recolocan en otro vuelo que llega con poca diferencia o cuando el retraso es de entre 3 y 4 horas en un vuelo de más de 3.500 km fuera de la UE. Puedes comprobar tu caso con la calculadora de indemnización por vuelo retrasado.
Cuándo la aerolínea no tiene que pagar
La aerolínea queda libre de pagar la compensación fija si el problema se debe a circunstancias extraordinarias que no se podían evitar aunque hubiera tomado todas las medidas razonables. Algunos ejemplos son una tormenta muy grave, el cierre del espacio aéreo, una huelga de controladores aéreos o un riesgo para la seguridad.
Hay dos cosas que conviene saber. La primera, que le toca a la aerolínea demostrar que se trata de una circunstancia extraordinaria: no basta con decirlo. La segunda, que un fallo técnico normal del avión, por sí solo, no suele considerarse extraordinario.
Cancelaciones y overbooking
- Cancelación: si te avisaron con 14 días o más, normalmente no hay compensación fija, aunque sí puedes elegir entre el reembolso del billete o un vuelo alternativo. Si te ofrecieron un vuelo con horarios muy parecidos, la cantidad puede reducirse o desaparecer.
- Overbooking: si aceptaste voluntariamente ceder tu plaza a cambio de algo, no cuenta como denegación de embarque forzosa. Si te dejaron en tierra sin querer, sí hay compensación.
Qué te corresponde aunque no haya indemnización
Mientras esperas, la aerolínea debe darte atención: comida y bebida en proporción a la espera, la posibilidad de comunicarte y, si hay que pasar la noche, alojamiento y traslado. Si no te lo dieron y tuviste que pagarlo tú, guarda los tickets: puedes reclamar esos gastos razonables.
Cómo reclamar paso a paso
- Reúne la reserva, la tarjeta de embarque, el número de vuelo, la fecha, la hora real de llegada y el motivo que te dio la aerolínea.
- Reclama por escrito a la aerolínea que operó el vuelo (aunque lo compraras por una agencia), citando el Reglamento 261/2004 y la cantidad que pides.
- Guarda el justificante de envío y espera una respuesta razonable.
- Si la rechaza sin fundamento o no contesta, puedes acudir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y, si hace falta, a la vía judicial.
Reclama cuanto antes: con el tiempo cuesta más reunir los documentos y hay plazos de prescripción. Si prefieres no encargarte de nada, en reclamar a la aerolínea con Reclámalo lo preparamos y lo enviamos nosotros por 14,99 € por reserva (hasta 4 pasajeros), sin comisión: tú solo firmas. También tienes guías para reclamar a Vueling, Ryanair e Iberia.